HABRÁ SANCIONES SI NO DAN REPARTO DE UTILIDADES

Todas aquellas personas físicas y morales que no otorguen el denominado reparto de utilidades a sus trabajadores entre los meses de mayo y junio, podrían ser acreedores de una multa de tres mil 774 hasta los 337 mil pesos.

Esto fue informado por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo y agregó que a más tardar el 30 de mayo, los trabajadores que trabajen para personas morales, mientras los que lo hacen para personas físicas, tendrán hasta el 29 de junio.

Asimismo, el organismo recordó que todas aquellas personas que hayan trabajado como temporales, tendrán que haber laborado al menos 60 días para recibir el beneficio.

La STPS recordó que de no recibir el pago, los trabajadores tendrán un año para reclamar el beneficio, a partir del día siguiente del límite.

Algunas de las excepciones de personas que no reciben el beneficio, recordó la STPS son los trabajadores domésticos, directores, administradores, gerentes generales, artesanos, técnicos que reciban pagos de honorarios sin que exista subordinamiento con un patrón.

Además, agregó la dependencia, se exenta de dicho reparto a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

En caso de que no haya quedado claro, o cuenten con dudas o comentarios al respecto, la Secretaría de Trabajo Y Previsión Social pone a disposición el número 01800 9117877 así como el correo electrónico [email protected].

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