De acuerdo con lo establecido con las reformas al Artículo 156 del Código Penal de la Ciudad de México, aprobadas en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; serán sancionados con cárcel, los familiares o tutores que tengan la obligación de cuidar a los adultos mayores y con discapacidad, y que los abandonen con “dolo”, aíslen, mantengan en condiciones de hacinamiento o desalojen ilegalmente, o sean incapaces de valerse por sí mismos.
La sanción será de tres meses a tres años de prisión, si no existe lesión o daño alguno, y en aquellos casos donde el tutor fuese ascendiente del ofendido, se le privará de la patria potestad o de la tutela.
Las reformas, impulsadas por la diputada, Elizabeth Mateos Hernández, contemplan un protocolo para diferenciar los casos donde hay una mala situación económica, con aquellos en los que hay “dolo” y mala fe.
En ese sentido señaló que se debe tomar en cuenta cuando un familiar que no tiene dinero ni trabajo y no puede brindar atención, medicamentos ni dar una vida digna a su familiar. En esos casos, por necesidad, hay quienes los dejan o abandonan en hospitales para recibir cuidado.
La también presidenta de la Comisión de Atención a Grupos Prioritarios y Vulnerables, consideró que, en casos de necesidad económica extrema, el Estado debe apoyar para evitar que se rompa el tejido familiar.
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