El artículo 266 del Código Civil de la Ciudad de México es inconstitucional, aseguró la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Pero, ¿qué establece este artículo? Establece que no es posible divorciarse antes de cumplir un año de matrimonio. Así las cosas, no es necesario cumplir 12 meses de casados para poder terminar con este contrato legal.
No es necesario esperar un año de matrimonio para poder divorciarse: SCJN - FOTO: WORDPRESS

No se puede mantener, contras su voluntad, a una persona casada, concluyó la Corte.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró que el derecho al libre desarrollo de la personalidad es violentado con esta norma.

El artículo 266 del Código Civil de la Ciudad de México es inconstitucional, aseguró la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Pero, ¿qué establece este artículo? Establece que no es posible divorciarse antes de cumplir un año de matrimonio. Así las cosas, no es necesario cumplir 12 meses de casados para poder terminar con este contrato legal.

Obligar a los cónyuges a estar un año juntos es vulnerar el derecho de decidir la permanencia en el matrimonio, manifestó el ministro Arturo Saldívar, quien propuso declarar anticonstitucional el artículo referido.

Este tema salió a la luz pública debido a que un hombre buscó divorciarse, pero como el juez se lo negó por aún no tener un año de casado tal y como lo marca el código, decidió impugnar la constitucionalidad de este artículo.

La SCJN determinó lo siguiente: «La medida legislativa no persigue una finalidad legítima de conformidad con los límites extremos del derecho a libre desarrollo de la personalidad, ni la protección de derechos de terceros o el orden público, toda vez que el hecho de que se obligue a una persona a permanecer casada en contra de su voluntad –incluso si esta obligación solo se impone durante un año– no contribuye de ninguna manera a proteger los derechos de los miembros de la familia».

HOY NOVEDADES/CDMX