El 20 de febrero de 1995, el tzeltal Gilberto Jiménez Hernández, fue ejecutado extrajudicialmente a manos elementos del Ejército en Altamirano, Chiapas, mientras huía con su familia y unos 70 pobladores de las acciones emprendidas por el gobierno federal en el «Plan de Campaña Chiapas 94», con el que pretendía retomar el territorio en el que había operado el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN).
Ante esto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) concluyó que el Estado mexicano es responsable de la violación al derecho a la vida del comunero chiapaneco. Así mismo, señaló que el Estado mexicano ha hecho caso omiso a las recomendaciones emitidas para garantizar la reparación del daño y sobre todo, para que hechos de este tipo no ocurran de nuevo.
Aunque el Estado ha expuesto que la muerte del comunero se produjo luego de un enfrentamiento entre integrantes del EZLN, grupo al que pertenecía la víctima, y miembros del Ejército, la CIDH señaló que también se cometieron agravios y delitos en contra de familiares de la víctima y pobladores.
De acuerdo a los testimonios levantados por la Comisión, los militares dispararon en contra de la gente que se había refugiado en un improvisado campamento en el cerro ante la alerta de que llegarían los militares. Ante esto, Gilberto intentó esconderse sin éxito. El soldado Abner García Torres le ordenó que se detuviera y «sin ningún aviso ni motivo, le disparó sin importar que llevara a su hija en la espalda».
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