Aeronáutica Civil publica circular obligatoria sobre acceso a cabina
Aeronáutica Civil publica circular obligatoria sobre acceso a cabina. Foto: Especial

Las medidas se aplican tras el accidente del avión en Durango

Únicamente el personal autorizado tendrá acceso a la cabina de pilotos en vuelos comerciales: DGAC

Luego del desplome del avión en Durango en julio pasado, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) publicó la circular obligatoria CO AV-55/18, con el fin de garantizar que únicamente el personal autorizado tenga acceso a la cabina de pilotos en vuelos de servicio comercial.

Este pronunciamiento de se compone con las disposiciones de la Ley de Aviación Civil y el Reglamento de Operaciones de Aeronaves Civiles, cuyos puntos más destacables son los siguientes:

(1) Procedimiento de acceso a la cabina de pilotos. Con ciertas excepciones, ninguna persona ajena a la tripulación de vuelo designada de una aeronave puede ocupar asientos de los puestos de mando durante el prevuelo, vuelo y postvuelo.

(2) Jerarquía y sucesión de mando.  Si el comandante de la aeronave estuviera ausente, los otros miembros de la tripulación podrán sustituir su autoridad en orden sucesivo, comenzando por el copiloto y hasta llegar a las/los sobrecargos.

(3) Admisión para viajar en cabina de pilotos. Enumera al personal de la aerolínea y de la autoridad que puede ocupar el asiento de observador, excluyendo a pilotos en entrenamiento y sus asesores.

(4) Procedimiento anormal o de emergencia. Reafirma la autoridad del capitán en todo momento, a menos de que éste requiera abandonar la cabina de vuelo, previa designación de su suplente en los controles.

(5) Sanciones dentro de la legislación aeronáutica. Se refiere a qué sanciones se pueden hacer acreedores aquellos elementos del personal aeronáutico que no se apeguen a la normativa de aeronáutica.

Lo anterior ya había sido anticipado por Luis Gerardo Fonseca, titular de la DGAC, tras presentar los avances de la investigación del accidente del vuelo 2431 de Aeroméxico Connect; sin embargo, entró en vigor a partir de este martes, por lo que las aerolíneas tendrán un plazo de 30 días para incorporar dichos lineamientos en sus manuales de operación.

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