El proyecto de la ministra Yasmín Esquivel otorga al Ejecutivo Federal un plazo de 180 días hábiles para publicar el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó un proyecto enfocado en la protección ambiental, presentado ante el Pleno por la ministra Yasmín Esquivel Mossa. El fallo responde a una demanda de amparo promovida por los habitantes de la comunidad pesquera de Las Barrancas, ubicada en el municipio de Alvarado, Veracruz.

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Omisión reglamentaria y derecho a un medio ambiente sano

Por una parte, el conflicto legal se originó debido a que los integrantes de la comunidad reclamaron la omisión del titular del Poder Ejecutivo Federal para expedir el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, una obligación jurídica que acumula más de 18 años de retraso.

Al respecto, la ministra Esquivel sostuvo que esta omisión normativa vulnera de forma directa el derecho humano a un medio ambiente sano, el cual se encuentra consagrado en el artículo 4º constitucional. Asimismo, la jurista detalló que la publicación de dicho reglamento es indispensable para aplicar y hacer efectivas las medidas de conservación, ordenamiento, inspección y vigilancia de los recursos pesqueros en el país.

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Vía: DGCS UNAM

Protección a la identidad y cohesión comunitaria

Por otra parte, el análisis de la Corte subraya que salvaguardar a las comunidades pesqueras y sus ecosistemas marinos constituye un elemento central para su identidad comunitaria.

De igual manera, el proyecto destaca que la protección ambiental es vital para mantener la cohesión social y la continuidad cultural de estas poblaciones, un criterio respaldado previamente por la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Vía: Gob Mx

Resolución y plazo de 180 días

Finalmente, a través del amparo en revisión 100/2026, el máximo tribunal del país concedió la protección de la Justicia Federal a los pescadores veracruzanos. En consecuencia, la SCJN fijó un plazo estricto de 180 días hábiles para que las autoridades competentes realicen el procedimiento necesario y procedan con la expedición y publicación oficial de este reglamento.