De acuerdo a lo establecido por la Secretaría de Gobernación, a partir de hoy, miércoles 4 de enero, el interés superior de la niñez va a ser considerado de manera primordial en todas aquellas decisiones en las que haya niñas, niños y adolescentes víctimas del delito.
Para llegar a esta decisión se modificó, adicionó y derogó la Ley General de Víctimas.
Las reformas se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, donde se explica que las víctimas recibirán ayuda provisional, oportuna y rápida de los Recursos de Ayuda de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas o de las Comisiones de víctimas de las entidades federativas según corresponda, de acuerdo a las necesidades inmediatas que tengan relación directa con el hecho victimizante.
Ello, para atender y garantizar la satisfacción de sus necesidades de alimentación, aseo personal, manejo de abastecimientos, atención médica y psicológica de emergencia, transporte de emergencia y alojamiento transitorio en condiciones dignas y seguras, a partir del momento de la comisión del delito o de la violación de los derechos o en el momento en el que las autoridades tengan conocimiento del delito o de la violación de derechos.
Las medidas de ayuda provisional se brindarán garantizando siempre un enfoque transversal de género y diferencial, y durante el tiempo que sea necesario para garantizar que la víctima supere las condiciones de necesidad inmediata.
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