Por considerar que el combate a la drogadicción debe ser de acción urgente y a través de medidas contundentes, el Congreso del Estado aprobó la creación de un tipo penal para castigar a quien obligue, procure, facilite, induzca, fomente, propicie, promueva o favorezca el consumo de sustancias por parte de un menor de edad en campos deportivos, parques recreativos y áreas verdes.
Se busca atacar actos reprobables en los que se expone a un mayor número de individuos, en este caso menores o quienes no tuvieren la capacidad de comprender el significado del hecho, con una penalidad que va de seis a trece años de prisión, y de cuarenta a trescientas unidades de medida y actualización, mediante la adición de un párrafo al Artículo 168 del Código Penal para el Estado de Sonora.
Las comisiones de Salud y de Justicia y Derechos Humanos dictaminaron la iniciativa presentada el 21 de abril de 2016 por el diputado Carlos Manuel Fu Salcido, quien aquella ocasión manifestó su preocupación por este tipo de hechos que además lesionan el núcleo familiar y social, y que afectan de manera general a toda la sociedad, afirmó.
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