En marzo pasado, el Congreso de la Unión aprobó la reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en la que se le dio un plazo de 300 días hábiles al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) para crear e implementar el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
Este plazo se vence el 2 de marzo de 2024, a partir de esa fecha el DIF deberá operar el registro de deudores alimentarios.
Dicho registro tiene por objetivo incentivar a las madres y padres deudores a que paguen y cumplan con la obligación de pago de alimentos en beneficio de sus hijos e hijas, y garantizar el derecho de las y los menores.
Algunos efectos por incumplir con dicha obligación son: no poder salir del país, pues no podrán tramitar el pasaporte; no podrán tramitar licencias de manejo ni ocupar cargos en el servicio público; tampoco podrán realizar operaciones de compraventa de inmuebles.
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