NIEGAN INFORMACIÓN AL INAI AL PEDIR DATOS SOBRE CUERPOS DE DEFENSA RURALES

Todas las personas morales y físicas con actividad empresarial fueron exhortadasa cumplir con el reparto de utilidades a sus trabajadores, indicó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

En un comunicado, la dependencia informó que dicha prestación es un derecho constitucional que tienen los empleados de participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón, de acuerdo con su declaración fiscal por la actividad productiva o servicios que ofrece en el mercado.

En ese sentido, señaló que las personas que laboren para personas morales, es decir empresas, deberán recibir esta garantía a más tardar el 30 de mayo; mientras que quienes lo hacen para una persona física con actividad empresarial (patrón), la fecha límite es el 29 de junio.

Para participar del reparto de utilidades es necesario, por lo menos, haber laborado 60 días en centros de trabajo cuyas utilidades netas mínimo sean de 300 mil pesos, según su Declaración Fiscal 2016, y que además, la empresa en cuestión tenga más de un año en funcionamiento.

De acuerdo con la legislación laboral, el reparto de utilidades no aplica para trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin que exista una relación de trabajo subordinada con un patrón.

Las personas que deseen obtener más información y asesoría legal sobre este derecho pueden comunicarse sin costo a la línea telefónica 01 800 911 7877 y el correo electrónico [email protected].

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