La diputada Sandra Hernández Barajas señaló que cuando una mujer acude ante un Ministerio Público a presentar una denuncia por violencia intrafamiliar, viven un «viacrucis» para ser atendidas.
Lamentó que el titular de la Agencia del Ministerio Público, a través de sus Secretarías de Acuerdos, no acepten decretar una medida de restricción en contra de la pareja de la víctima, al argumentar que, para decretar una medida de protección, como lo es la orden de restricción, debe existir una justificación grave.
Agrega que, sin importar que la víctima, en algunos casos, ha sido amenazada o golpeada por su pareja, ya que se han presentado casos en los que algunas víctimas de violencia, «casi les piden en la agencias que lleguen sangrando por una herida para que, de esa manera, puedan decretar una orden de restricción».
Explicó que, dentro de las medidas de protección urgentes, la ley contempla la prohibición inmediata al probable responsable de acercarse a una distancia menor a la que determine el Ministerio Público o, en su caso, la autoridad jurisdiccional correspondiente.
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