El ordenamiento reconoce a los animales como seres sintientes e impone multas de hasta 234 mil pesos por crueldad.
Vía NotiPress: El Senado de la República aprobó por abrumadora mayoría la nueva Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, una reforma de fondo que reconoce formalmente a los animales como “seres sintientes y sujetos de cuidado” en todo el territorio mexicano. Con un respaldo de 115 votos a favor y únicamente uno en contra en lo general, la cámara alta avaló un ordenamiento integral que distribuye obligaciones precisas entre la Federación, los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, modificando de forma paralela diversas disposiciones en leyes secundarias de sanidad animal, vida silvestre, equilibrio ecológico, cinematografía y protección civil.

Vía: comunicacionsocial.senado.gob.mx
La nueva legislación estructura la protección sobre cinco dominios rectores del bienestar animal: nutrición adecuada, ambiente propicio, salud física, comportamiento natural y estado mental positivo. Estos lineamientos deberán regir tanto en el cuidado cotidiano de mascotas domésticas como en actividades de producción alimentaria, comercialización, exhibición deportiva, investigación de laboratorio, enseñanza escolar y filmaciones audiovisuales. Entre sus medidas principales, la norma prohíbe de manera tajante la venta de ejemplares en tianguis y mercadillos callejeros, ordenando además la creación del Registro Nacional de Animales de Compañía, un padrón de personas infractoras y un directorio oficial de refugios y criaderos autorizados.

Vía: Vértigo Político
“En México, casi siete de cada diez hogares conviven con una mascota; esta ley transforma la protección animal en deberes concretos para garantizar alojamiento, alimentación y trato digno a millones de seres vivos”, coincidieron senadores en tribuna.
Sanciones severas y pago obligatorio de rehabilitación
El nuevo marco jurídico endurece las consecuencias económicas y administrativas contra el maltrato hacia los animales. Quienes cometan actos comprobados de crueldad extrema o negligencia grave enfrentarán multas económicas que pueden alcanzar los 234 mil pesos, además de arrestos administrativos según la gravedad de la falta.
Las personas agresoras o que abandonen a sus animales tendrán la obligación jurídica de solventar de su propio bolsillo la totalidad de los gastos médicos veterinarios, los fármacos requeridos, los costos de resguardo en albergues y la rehabilitación física del ejemplar afectado.

Vía: IStock
Espectáculos tradicionales: decisión en manos de los estados
Pese a los consensos alcanzados, la tauromaquia y las peleas de gallos quedaron fuera de una prohibición federal obligatoria. Mediante una reserva aprobada al artículo 78, el Senado reservó a los congresos locales de las entidades federativas la facultad exclusiva de regular o vetar las corridas de toros, las peleas de gallos y las cabalgatas. Esto mantiene el mapa normativo dividido en el país, recordando que estados como Sonora, Guerrero, Coahuila y Michoacán ya prohíben la fiesta brava, Quintana Roo veta también los combates de aves, y la Ciudad de México aplica un formato de corridas sin sangre. Tras su aprobación en el Senado, la minuta fue enviada a la Cámara de Diputados para su debate y posterior ratificación.

Vía: Infobae
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