El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) dio la razón al aspirante a candidato independiente por la gubernatura del Estado de México, Isidro Pastor Medrano, por lo que sus representantes ante el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) tendrán derecho a voz y a voto en las sesiones de los Consejos General, Municipales o Distritales.
Lo anterior después de que el TEEM aprobará por unanimidad la revocación de los oficios IEEM/DJC/084/2017 y IEEEM/DPP/0145/2017, emitidos por el IEEM, emitidos por las direcciones Jurídico Consultiva y de Partidos Políticos del órgano electoral mexiquense.
Además, mediante la sentencia JDCL/15/2017, se instruye al Consejo general del IEEM para que convoque a las sesiones al representante que designe Pastor Medrano para que intervenga y pueda hacer uso de la voz en las reuniones que se celebren.
“Se vincula al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, para que, en uso de las atribuciones que le confiere el marco jurídico electoral aplicable, convoque oportunamente al representante nombrado ante este instituto, por el aspirante a candidato independiente Isidro Pastor Medrano, con la documentación respectiva, para intervenir y hacer uso de la voz en las sesiones que celebre ese órgano de dirección, únicamente respecto de los asuntos que conciernan al ciudadano recurrente en su calidad de aspirante a candidato independiente”, cita el documento.
Cabe destacar que al presentar el recurso por la vía per saltum, Isidro Pastor había indicado que no darle voz ni voto a sus representantes violaba su derecho humano a la no discriminación, de imparcialidad, equidad en la contienda electoral y la libre manifestación de las ideas.
Pastor agregó que no pueden existir diferencias en cuanto a los derechos que tienen los representantes de los partidos políticos y los designados por aspirantes a candidatos independientes, pues ambos deben estar en igualdad de condiciones.
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