El Congreso del Estado de México aprobó, por mayoría, la Ley Ocaña, cuya objetivo principal es imponer castigo severo a quien difunda imágenes dolosas de cuerpos sin vida.

Dicha Ley establece penas de cuatro a ocho años de cárcel y multas de 500 a mil días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para aquellos que violen la privacidad y dignidad de las personas fallecidas y se prevén agravantes de tres a siete años si los responsables son servidores públicos.

La iniciativa fue presentada por la diputada Luzma Hernández Bermúdez, del partido Morena, quien dijo  “tiene como propósito fundamental salvaguardar la dignidad y honra póstuma de toda persona que pierde la vida, así como garantizar el acceso a la justicia a terceros, ante prácticas ilícitas cometidas, tanto por personas servidoras públicas como por cualquier otra persona”.

La Ley Ocaña fue nombrada así en memoria del actor Octavio Ocaña, de quien se publicaron imágenes de su cuerpo sin vida dentro de un auto en redes sociales.

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