El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó, de manera constitucional, las inspecciones policiacas a personas y vehículos sin ninguna orden judicial.
Para establecer dicha medida fueron modificados los artículos 132, fracción VII; el tercer párrafo del 147; las partes III y V del 251 y los artículos 266 y 268 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Pensamos que ya lo habíamos visto todo hasta el 30 de noviembre del año pasado, cuando la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que expide la Ley de Seguridad Interior regular la actuación de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública…
¡Pero no quedó ahí! Pues actualmente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó, de manera constitucional, las inspecciones policiacas a personas y vehículos sin ninguna orden judicial, siempre y cuando haya «sospecha razonable».
¿Realmente todos los policías ejecutarán dicha inspección de manera sensata? Tomando en cuenta que muchos de ellos no están ampliamente capacitados y por ende, han realizado acciones fuera de la ley.
Dicha reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales habían sido impugnadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), no obstante, como ya es tradición, los derechos humanos se los pasaron por donde más les place.
¿Qué será para la justicia mexicana una «sospecha razonable»?
Supuestamente se estableció que cuando los ciudadanos mexicanos oculten «algo» entre su ropa o que lleven adheridos a su cuerpo instrumentos o productos relacionados con el hecho considerado como delito que es investigado, el policía puede realizar la inspección.
¿Ustedes les creen?
Al respecto, el exfiscal de la Procuraduría General de la República, Samuel González, advirtió que con dicha aprobación la Corte dicta los criterios razonables en una detención y te dicen «no basta con que el policía haya visto a una persona con una pistola, sino si tenía elementos razonables para detenerlo aunque lo haya cachado con una pistola».
¿Dichas inspecciones serán la medida idónea, con objetivos constitucionalmente válidos para proteger la seguridad pública y los derechos de las víctimas de delitos?.
Esperemos que los policías, quienes se dediquen a realizar dichas inspecciones, estén ampliamente capacitados para ejecutar de manera correcta está manera de llevar a cabo las investigaciones y no de pie a la corrupción que tanto impera en nuestro sistema de justicia nacional.
HOY NOVEDADES/EN BOGA