A unos días de que finalice la gestión presidencial de Andrés Manuel López Obrador, se dio a conocer la mañana de este 24 de septiembre que un juez ordenó al titular del ejecutivo eliminar la publicación que hizo el 15 de septiembre sobre la reforma judicial en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Es relevante mencionar que el día 15 de septiembre, AMLO anunció en redes sociales la publicación de la reforma de su gobierno y compartió fotos de su firma junto a la presidenta electa, Claudia Sheinbaum Pardo.
Hoy, en este día histórico, firmé el decreto para la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la reforma constitucional al Poder Judicial, aprobada en el Congreso y en la mayoría de las legislaturas locales. Me acompañó como testigo la presidenta electa Claudia… pic.twitter.com/bkfjbpTp1b
— Andrés Manuel (@lopezobrador_) September 16, 2024
Tras llevar a cabo este acto, el día 17 de septiembre durante su conferencia de prensa matutina, AMLO fue cuestionado sobre la legalidad de la publicación, por lo que explicó que la reforma ya estaba en vigor enfatizando que cuando las reformas se publican en el DOF, es únicamente para su implementación inmediata.
¿Quién ordenó la eliminación de la reforma judicial del DOF?
La eliminación de la publicación del DOF, ha sido una orden emitida por Nancy Juárez Salas, quien funge como juez Décimo Noveno de Distrito con residencia en el estado de Veracruz.
Motivos para eliminar la publicación de la reforma judicial del DOF
La funcionaria señaló que la eliminación de dicha publicación se debe a que se ha concedido un amparo definitivo al amparo previamente impulsado por integrantes del Poder Judicial en su intento de frenar la reforma.
De acuerdo con la juez Juárez, si la reforma promovida por López Obrador se lleva a cabo, sería “materialmente imposible reparar a las quejosas del daño ocasionado”, por lo que únicamente se pretende dar goce de su derecho a partir de una emisión de “manera independiente y en cumplimiento a la efectiva división de poderes”
Es fundamental recordar que, tras la publicación de la reforma en el DOF, se establece un plazo mínimo de 30 días para presentar un amparo directo, lo que implica que la norma es autoaplicativa.
Con información de medios.
JBR