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A finales de abril, el Congreso de la Unión aprobó una serie de reformas, por lo que algunos de los decretos ya fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Aquí te presentamos cuáles fueron y en qué consisten las reformas publicadas.

  • La expedición de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación. Consiste en establecer que todas las personas tienen el derecho de acceder y participar en el desarrollo humanístico, científico y tecnológico, así como a ser partícipe de los beneficios sociales. De igual manera, se indica que el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt) es el organismo articulador del Sistema Nacional de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación.

 

  • Cambios a la Ley Minera:
  1. se prohíbe “el otorgamiento de concesiones en áreas naturales protegidas o donde se ponga en riesgo la población, así como en zonas sin disponibilidad de agua, de conformidad con la prioridad de los usos establecida en la Ley de Aguas Nacionales y demás normatividad aplicable”.
  2. Cuando se trate de concesiones en lotes ubicados en territorios de pueblos o comunidades indígenas o afromexicanas, serán consultados de manera previa.
  3. Las concesiones mineras durarán 30 años (a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Minería), con posibilidad a una sola prórroga de 25 años.
  4. Cuando ya haya pasado la prórroga, el titular de la concesión podrá participar en la licitación del mismo lote, recibiendo preferencia en caso de igualar la propuesta más alta; esta concesión tendrá un plazo improrrogable de 25 años.

 

  • Supremacía de los símbolos patrios. La adición de la fracción X al artículo 16 de la Carta Magna consiste en que las legislaturas de las entidades podrán legislar en materia de símbolos estatales.

 

  • Sobre la tala ilegal: la pena por el delito de tala ilegal, establecida en el Código Penal Federal, aumentará, quedando de la siguiente manera, tres a 12 años de prisión si dichas actividades se realizan empleando armas de fuego o medios violentos con una multa de 500 a mil veces la Unidad de Medida y Actualización.

 

  • Modificación a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Consiste en:
  1. Creación de los centros de justicia para las mujeres, de manera gratuita y con acceso a las y los hijos de las mujeres que ingresen a estos centros.
  2. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana debe “realizar una página de Internet específica en la cual se encuentren los datos generales de las mujeres, adolescentes y niñas que sean reportadas como desaparecidas”.
  3. Creación de un registro público sistemático de los delitos cometidos en contra de mujeres, en el que se integre la estadística criminal para definir políticas en materia de prevención del delito, procuración y administración de justicia.

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