Recientemente, en nuevo intento por frenar las violaciones de privacidad de datos de Meta hacia sus usuarios. El Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) emitió una prohibición para que Meta publique anuncios dirigidos sin el consentimiento de las personas. Sin embargo, el organismo no tomó en cuenta que la base legal de privacidad de datos de Meta cambiará en las próximas semanas. Pues implementará una suscripción de pago sin anuncios en la Unión Europea, la cual tendrá un costo de 10 a 13 euros dependiendo del dispositivo.

De este modo, Meta apela al supuesto consentimiento como medida para continuar procesando los datos de las personas y hacer segmentación y sugerencia de privacidad. Pues, de no pagar la suscripción de pago, los usuarios “aceptan” que Meta tenga acceso a su ubicación y crear perfiles para la orientación de anuncios de la compañía. El problema de esto recae en que la Unión Europea, a través del Reglamento de Protección de Datos, debería garantizar protecciones integrales para la privacidad como derecho fundamental.

La movida de Meta, sortea las regulaciones y prohibiciones del CEPD, pues apela al consentimiento para acceder a los datos de los usuarios. Tal como lo solicita el organismo europeo, “El CEPD toma nota de la propuesta de Meta de basarse en un enfoque basado en el consentimiento como base jurídica, tal y como se informó el 30/10”. A su vez, informaron, la Autoridad de Protección de Datos Irlandesa está evaluando actualmente esta situación junto con las Autoridades de Supervisión Competentes (CSA).

TechCrunch considera la jugada de Meta como una estafa para los usuarios, pues los obliga a pagar por supuestamente mantener integra su privacidad de datos o por “consentir” el acceso a tu ubicación y datos personales. Pese a ello, no hay garantía de que el CEPD o la autoridad irlandesa rechacen el muro de pago de “consentimiento de meta”. Pues el “consentimiento forzoso” de la empresa cumple con la solicitud de las entidades regulatorias.

Por su parte, TechCrunch crítica la falta de determinación de la EU para frenar el “juego sucio” de Meta para continuar sorteando las regulaciones de privacidad. Cabe mencionar, esto solo es parte de la disputa regulatoria entre Meta y la UE. Recientemente, los organismos europeos denegaron el alegato de la compañía para acceder a los datos de privacidad de usuarios, justificando el acceso a estos mediante “necesidad contractual”. Esta ejecución de contrato se basa en la relevancia de un hecho para administrar un negocio, en este caso, microsegmentación de seguimiento de perfiles y rastreo como base de un negocio publicitario.

Aunado a ello, TechCrunch asevera la protección legal en torno a los derechos de privacidad no debe estar determinada por la capacidad económica de los usuarios. Pero esta es la opción por la que ha optado Meta y la EU por ahora no lo puede detener.

Crédito: Alan Cortés (Composición/NotiPress)

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